FACTURAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.
Aun cuando una factura sea un documento privado, que no proceda de ninguno de los interesados en el incidente de levantamiento de un embargo, dicho documento privado puede hacer prueba plena, si se encuentra corroborado con otras pruebas que demuestran la realidad de su contenido, caso en que la factura en que se consigna un contrato de compraventa, adquiere una fuerza probatoria completa, y debe considerarse acreditada la acción tendiente al levantamiento del secuestro respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359449-832c067c/facturas-valor-probatorio-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 477/32. Orozco Emiliano. 2 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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