Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, COMPROBACION DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 360000 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2454

Si para demostrar la procedencia de una tercería excluyente de dominio, presenta el tercerista, con el carácter que tiene de albacea de una sucesión, el testimonio de una escritura, de la que aparece que la misma persona demandada en el juicio principal, adquirió un inmueble, que fue embargado en el referido juicio, por designación de la propia demandada, a virtud de una permuta que llevó a cabo, entregando bienes propios de la sucesión que representa, concurriendo al acto de la permuta, tanto en nombre propio como con el carácter de albacea y única heredera de la expresada sucesión; si no hay otros herederos ni consta que existan legatarios, resulta que aquélla posee en nombre propio toda la herencia y que, por tanto, si es la misma persona la demandada en el juicio principal y la que como albacea y única heredera está en posesión del inmueble embargado, debe concluirse que con esa escritura no ha quedado comprobado el dominio del inmueble de referencia, de persona distinta de la demandada en el repetido juicio; y como, además, la sucesión no es una persona moral diferente de los herederos, si sólo hay uno, es indudable que desde que se abrió la sucesión, corresponde el patrimonio de la herencia a la persona del heredero y, por consiguiente, de ninguna manera puede estimarse que el tercerista hubiese comprobado la acción que ejercitó.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360000-b0d55141/terceria-excluyente-de-dominio-comprobacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2584/33. Ragaz Iván. 8 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis