Corpus
Modo: Corpus Pro

INCIDENTES DE NULIDAD, AMPARO CONTRA SU IMPROCEDENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 360071 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3632

De acuerdo con la jurisprudencia establecida, tratándose de un procedimiento incidental, las violaciones cometidas durante él, deberán reclamarse, por medio de los recursos ordinarios que concede la ley y hacer la protesta respectiva en caso de negarse su reparación, para preparar el amparo indirecto que llegará a promoverse contra la resolución que pusiera fin al artículo; pero cuando la objeción se contrae a la ineptitud o a la improcedencia de un incidente, para decir con él las cuestiones planteadas, debe resolverse acerca de la procedencia o improcedencia del incidente, como una cuestión previa, ya que el auto admisorio, no produce más efecto que abrir una sustanciación, pero no liga al Juez en forma tal, que esté incapacitado para examinar si la vía intentada ha sido o no procedente. Si se promueve un incidente de nulidad de actuaciones, después de concluido el juicio, atacándose las anteriores a la sentencia, a pesar de que se admita el incidente y de que no se interponga recurso contra tal admisión, al fallar, debe estudiarse si procedió o no, pues sería ilegal que, por el solo auto de admisión, se violara la ley, que prohibe decretar la nulidad de actuaciones anteriores a la sentencia, después de concluido el juicio. Las resoluciones dictadas durante el procedimiento, se reclaman por medio de los recursos ordinarios y se prepara el amparo por medio del procedimiento respectivo y si el interesado ha manifestado constantemente su inconformidad con la admisión del incidente, debe decidirse ese punto, por haber sido reclamado oportunamente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360071-51a32c96/incidentes-de-nulidad-amparo-contra-su-improcedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 157/30. Piñera Gonzalo G. 25 de mayo de 1935. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.