EMBARGO SOBRE BIENES NO INSCRITOS A FAVOR DE TERCEROS.
Los acreedores quirografarios, no tienen más que un derecho general en prenda sobre los bienes de su deudor, el que se singulariza y hace efectivo por medio del secuestro, de manera que éste es eficaz en cuanto recae en bienes que correspondan al demandado, en el momento de efectuarse el secuestro; pero no es jurídico afirmar que por la circunstancia de no haberse inscrito la compraventa de un inmueble en el Registro Público de la Propiedad, el acreedor del vendedor tenga derecho para secuestrar y sujetar a las resultas del juicio, en cobro de una obligación personal, un bien que legalmente ha salido del patrimonio de su deudor, hecho comprobado por un medio auténtico, como es una escritura pública, y tampoco es jurídico que, en presencia de la misma, que demuestre el derecho a la propiedad y a la posesión en favor del causahabiente, se sancione el despojo para realizar y perfeccionar el secuestro, con conocimiento por parte de la autoridad, de que tal acto se realiza sobre un bien que no pertenece al deudor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360150-d19b08c3/embargo-sobre-bienes-no-inscritos-a-favor-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TERCERO PARA LOS EFECTOS DEL REGISTRO. (s/clave)
- EMBARGO PRACTICADO EN BIENES SALIDOS DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR, ILEGALIDAD DEL. (s/clave)
- EMBARGO, NATURALEZA JURIDICA DEL. (s/clave)
- EMBARGO, NATURALEZA JURIDICA DEL. (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO, TERCEROS RELACIONADOS CON LAS INSCRIPCIONES EN EL. (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO, TERCEROS RELACIONADOS CON LAS INSCRIPCIONES EN EL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis