REIVINDICACION, PRUEBAS DE LA.
No es admisible la tesis que sostiene que el que reivindica debe probar su propiedad, exhibiendo los títulos traslativos de dominio que la justifique, a contar del título primordial; de tal manera que contra el poseedor sólo sea admisible la prueba que los tratadistas han llamado "diabólica". Esta doctrina aunque aparentemente es muy jurídica, conduce casi siempre a negar a los legítimos dueños de sus derechos, dándoles la razón a los poseedores, aun cuando sea palpable la mala fe con que adquirieron; y la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia en diversas ejecutorias, ha sentado la doctrina de que para decidir sobre la procedencia o improcedencia de la acción reivindicatoria, deben examinarse los títulos de las partes contendientes y todas las circunstancias de sus respectivas adquisiciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361424-e3fa1c2f/reivindicacion-pruebas-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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