Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 361855 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 53

El artículo 145 del Código Civil del Estado de Oaxaca, dispone que ha lugar a la rectificación de un acta del Registro Civil, por falsedad, cuando se alega que el suceso registrado no pasó, y por enmienda, cuando se solicita variar algún nombre, u otra circunstancia, ya esencial o ya accidental; y si bien, de los términos tan amplios en que está redactada la fracción II del citado artículo, pudiera entenderse que el procedimiento relativo puede seguirse, cuando a solicitud de parte se quiere hacer la variación de algún nombre o circunstancia consignados en un acta del Registro Civil, por la índole de la rectificación misma, ésta sólo debe proceder cuando exista en las actas, algún error u omisión, ya que, de otra suerte, no sería una rectificación equivalente a una corrección, sino una mutación en los nombres y circunstancias, consignadas en la propia acta.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361855-8165c076/registro-civil-rectificacion-de-actas-del-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 1357/31. Bustamante viuda de Gómez Rosaura. 3 de mayo de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis