SUPLICA, COSTAS EN.
Si el suplicante no obtuvo resolución a su favor en la primera instancia, y se confirma la sentencia de segunda, debe condenársele a pagar las costas causadas en la súplica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361958-516944db/suplica-costas-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 62/29. Bonequi Luz. 12 de junio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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