NOTIFICACIONES NULAS.
Una notificación cualquiera, no puede ser declarada nula si la parte interesada no promueve el respectivo incidente; pues de acuerdo con los principios que rigen en materia procesal, no puede el sentenciador tomar en cuenta ninguna defensa que no se haya hecho valer por los interesados a menos de que se trate de una falta absoluta de emplazamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362923-b7709396/notificaciones-nulas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 364824. Picamilh Paulina Luisa Victoria. 26 de agosto de 1932. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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