ACCIONES HIPOTECARIA Y EJECUTIVA.
Si el acreedor hipotecario opta por ejercitar sus derechos en la vía ejecutiva, el gravamen hipotecario no queda insubsistente de pleno derecho, por esa causa, sino que es necesario que, al respecto, haya una categórica declaración judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363369-011adbc6/acciones-hipotecaria-y-ejecutiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 477/30. Mena Salomón, sucesión de. 1o. de octubre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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