DENUNCIOS PETROLEROS.
Es incuestionable el derecho a oponerse a una concesión petrolera, si el opositor demuestra que la concesión se hizo en terrenos que no deben considerarse libres, conforme al artículo 6o., fracción II, del Reglamento de la Ley del Petróleo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363816-bccb9c34/denuncios-petroleros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3017/27. "Hacienda del Sacramento G. M" Smith y Compañía. 10 de enero de 1931. Mayoría de tres votos. Disidentes: Salvador Urbina y Luis M. Calderón. Relator: Arturo Cisneros Canto.
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