PETROLEO.
Cuando la Secretaría de Industria se niega a confirmar una solicitud de concesión petrolera, desde luego principian a causarse perjuicios al interesado, ya que la publicación de esa declaratoria, que debe hacerse desde luego y de oficio, hará que, pasados treinta días, los terrenos de que se trate, se reputen libres, por disposición expresa de la ley, sin que el interesado pueda oponerse a la concesión que solicite un tercero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337517-14b6cf6e/petroleo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4113/29. Vázquez Carmela. 11 de julio de 1931. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el ponente.
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