PETROLEO.
Contra la Secretaria de Industria, Comercio y Trabajo, a confirmar una concesión petrolera, es improcedente conceder la suspensión, por los motivos siguientes: porque la publicación que de esa negativa se haga, por sí misma, no causa ningunos perjuicios al interesado, pues para que éstos sobrevengan, es necesario que concurran elementos que no trae consigo, desde luego, la publicación, como son: que un tercero solicite la concesión correspondiente y que, previa la tramitación legal relativa, sea otorgada a aquélla; y ni siquiera es posible afirmar que esa situación deberá producirse forzosamente, ni que, de solicitarse la concesión, deba ser otorgada; de modo es que mientras no se materialicen los efectos perjudiciales de la publicación, con respecto al interesado, aunque existan de modo potencial, esto no basta para conceder la suspensión contra la negativa de confirmación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337796-35a7a534/petroleo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PETROLEO. CONCESION. PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION. (473)
- PETROLEO. (s/clave)
- CONCESIONES PETROLERAS. (s/clave)
- PETROLEO, CONCESIONES CONFIRMATORIAS DE DERECHOS AL. (s/clave)
- PETROLEO, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA DECLARACION DE NULIDAD DE UNA CONCESION RELATIVA AL. (s/clave)
- PETROLEO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis