SUCESIONES.
El espíritu de la legislación civil de Sinaloa, idéntica a la del Distrito Federal, ha sido preferir a los parientes legítimos respecto de los naturales, siempre que aquéllos estén dentro del octavo grado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364863-2a42655e/sucesiones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 519/29. Orrantia Darío. 8 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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