DOTACIONES DE EJIDOS.
La publicación en el Diario Oficial de la Federación, de una resolución que manda dotar de ejidos, sólo afecta a las partes que intervinieron en los respectivos expedientes agrarios; pero no tienen un carácter de la ley general, para que, por virtud de su publicación, deba tenerse por notificados a los terceros extraños.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365070-55a0a887/dotaciones-de-ejidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 622/29. Sologuren Mercedes. 21 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DOTATORIAS O AMPLIATORIAS DE EJIDOS. SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION NO SURTE EFECTOS DE NOTIFICACION PARA LA PRESENTACION (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis