CONFESION JUDICIAL.
La prueba de confesión judicial debe apreciarse considerando en conjunto las respuestas del absolvente, y no haciendo deducciones de esas respuestas, de modo aislado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365218-48e05c93/confesion-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1348/19. Cásares viuda de Montes de Oca Mercedes. 9 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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