SUPLICA.
La sentencia relativa no debe ocuparse más que de los agravios reclamados por el suplicante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365349-746749e5/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de Súplica 121/26."Patricio Milmo e Hijos, sucesores". 8 de julio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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