PROPIEDAD.
La propiedad de los bienes da derecho a todo lo que ellos producen o se les une o incorpora, natural o artificialmente, y en virtud de ese derecho, pertenecen al propietario los frutos civiles, entre los que se encuentran las rentas de los inmuebles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365414-391de193/propiedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 361/27. Abrego Francisco. 23 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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