TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRESCRIPCION EN CASO DE DESPIDO INJUSTIFICADO EN EL ESTATUTO JURIDICO DE LOS.
Si en ninguna de las fracciones que contiene el artículo 87 del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado que establecen las excepciones a la regla general de prescripción, está contenida la de que prescribirán en un mes las acciones de los trabajadores al servicio del Estado, para pedir el cumplimiento de los efectos del nombramiento, como dicho Estatuto tiene su propio Capítulo de prescripción no es el caso de acudir a la Ley Federal del Trabajo, en donde sólo se encontraría la regla general también de prescripción de un año, puesto que por disposición legal las excepciones que dicha Ley establece no puede aplicarse sino a los casos estrictamente previstos en ellas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366018-59840e16/trabajadores-al-servicio-del-estado-prescripcion-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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