PLANTA. NO PUEDE ADQUIRIRSE POR PRESCRIPCION.
No es exacto que el solo hecho de prestar servicios en determinado puesto escalafonario por algún tiempo, cualquiera que sea éste, confiere derecho a un trabajador para que se le asigne la planta de dicho puesto escalafonario con fundamento en la fracción I del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo. La referida fracción I del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo contiene la prescripción extintiva para pedir la nulidad del contrato celebrado por error, dolo o intimidación, pero de su texto no puede inferirse que contenga una prescripción adquisitiva que establezca el derecho del trabajador a consolidar en su favor una planta por el solo transcurso del tiempo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366057-78515f02/planta-no-puede-adquirirse-por-prescripcion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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