HECHOS NOTORIOS.
El artículo 88 del Código Federal de Procedimientos Civiles, sólo opera respecto de aquellos hechos relacionados inmediata y directamente con los que determinaron la controversia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366376-57e6ab9c/hechos-notorios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2046/55. Angela Pérez Vda. de Montes de Oca. 22 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.
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