CONTRATO DE TRABAJO. PRESUNCION DE EXISTENCIA DEL.
Debe presumirse que si una persona desarrolla un trabajo en un establecimiento propiedad de otra persona y en beneficio de ésta, existe un contrato de trabajo, pues tales son los requisitos que exige la Ley para la existencia de esta clase de contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366420-32dcb67f/contrato-de-trabajo-presuncion-de-existencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4200/55. María Calderón Vda. de Esquivel. 11 de abril de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
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