CONCEPTOS DE VIOLACION.
La Suprema Corte ha sentado el criterio de que para que un concepto de violación se encuentre perfectamente estructurado, debe indicarse en el mismo el precepto o preceptos secundarios que han sido transgredidos, así como los actos precisos u omisiones en que se hayan hecho consistir las violaciones y, por último, los razonamientos por medio de los cuales se determine que la autoridad responsable hizo una incorrecta relación de hechos o apreciación de pruebas y por qué fue mal aplicado el texto legal. Ahora bien, si el quejoso se limita a indicar de una manera general que los hechos han sido relatados en forma incorrecta, es indudable que la Justicia Federal carece de elementos para estimar si la autoridad responsable ha actuado inconstitucionalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366844-127fcaa5/conceptos-de-violacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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