CONFESION EN MATERIA DE TRABAJO.
La confesión, como prueba directa, debe estimarse positiva o negativamente, esto es, acreditando o no los hechos que se pretende demostrar con ella, pero no puede decirse que constituya una presunción para tener por probados esos hechos, dado que las presunciones no son otra cosa que el proceso de la razón tendiente a determinar la certeza de un hecho desconocido, deduciéndolo de acontecimientos ciertos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367221-6348e442/confesion-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3571/48. Castillo Cástulo. 22 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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