Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

TRABAJADORES EVENTUALES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 368411 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1088

Si el quejoso reclamó se le reinstalase en su trabajo, con el carácter de planta, fundándose en que había celebrado con la empresa un contrato de trabajo por veintiocho días, trabajo que continuó desempeñando el mismo trabajador, por cuarenta días más, sin contrato y sin nueva tarjeta de trabajo, considerando permanentes sus labores, y la empresa negó la demanda y opuso la excepción de falta de acción, porque el trabajador nunca ocupó una plaza de planta, ya que las labores para las que fue contratado fueron de carácter temporal y transitorio y no de carácter permanente, es claro que aun habiendo laborado más de los veintiocho días previstos en su contrato, solamente hubo novación del mismo por cuarenta días más, pero de ninguna forma significa esto que el actor adquiriese la categoría de planta, pues la empresa ahora quejosa, jamás acepto en forma tácita que las labores que realizó al servicio de la empresa, fueran permanentes o de conservación y mantenimiento, puesto que expresamente negó este hecho al contestar la demanda; en consecuencia, al considerar lo contrario la Junta responsable viola en perjuicio de la empresa los artículos 518 y 550 de la Ley Federal del Trabajo, al tener por probado el hecho, basándose en razonamientos que no están de acuerdo con la realidad del conflicto teniendo por probado un elemento de la acción ejercitada, que no lo está.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368411-2302b641/trabajadores-eventuales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 6133/50. Petróleos Mexicanos. 3 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilio López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis