TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO.
La declaración de un testigo sólo se puede tener como prueba presuntiva, si él mismo dice que no comprobó la veracidad de los hechos que narró.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368798-9ddac888/testigos-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4620/49. Instituto Mexicano del Seguro Social. 8 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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