TRABAJO, TESTIGOS EN MATERIA DE.
El hecho de que se reciba la declaración de un testigo propuesto por una de las partes, sin previa cita del colitigante, aun cuando es contrario a la ley, si tal testimonio no se estudia ni sirve de fundamento al laudo, esto no podrá ser violatorio de garantías, por ese concepto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378535-181da65f/trabajo-testigos-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8547/39. Fernández Luis H. 14 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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