CIERRE DE EMPRESAS, CON AUTORIZACION DE LA JUNTA (DESPIDO INJUSTIFICADO).
Si la Junta atendiendo a las condiciones de la empresa, accedió a la solicitud de ésta para que se le autorizara a cerrar, previo otorgamiento de fianza que garantizara los salarios del personal, esta autorización produjo efectos desde luego, por el otorgamiento de la fianza y es inconcuso que el cierre de la empresa al día siguiente de haberse otorgado la fianza, obedeció a la ya dicha autorización de la Junta, sin que los trabajadores pudiesen ejercitar la acción de despido ya que la condición de la fábrica era la de clausura al amparo de una autorización legal, mediante el requisito de fianza ya otorgada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368916-08c32032/cierre-de-empresas-con-autorizacion-de-la-junta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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