EMPRESAS, CIERRE DE LAS, SIN PROCEDIMIENTO LEGAL.
Si el demandado confesó ser cierto que cerró el negocio de su propiedad en fecha determinada, y asimismo confesó que para hacerlo no verificó los trámites legales ante las autoridades del trabajo y que éstas no autorizaron el cierre del establecimiento, se concluye que es un hecho cierto que los trabajadores actores quedaron despedidos o suspendidos ilegalmente el día en que se cerró el negocio. Todo lo que después de ese día haya ocurrido, no altera o modifica la situación jurídica creada por el hecho del cierre del negocio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276817-d5fb8328/empresas-cierre-de-las-sin-procedimiento-legal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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