HORAS EXTRAS, A QUIEN TOCA LA PRUEBA DE LAS.
Cuando el actor reclama horas extras, a él toca acreditar que efectivamente laboró por un tiempo mayor del de la hora jornada legal, y no es cierto que porque el demandado diga que el actor trabajó solamente la jornada constitucional, por esa circunstancia la carga de la prueba se invierta tocándole a éste demostrar tal hecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369612-62cc7d08/horas-extras-a-quien-toca-la-prueba-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5775/48. Machorro Gabino. 22 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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