Corpus
Modo: Corpus Pro

NOTIFICACIONES EXTEMPORANEAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 369719 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 70

Debe confirmarse la sentencia del inferior que concede el amparo para el efecto de que se reponga el procedimiento de notificación de la opinión dictada por la Junta Municipal de Conciliación responsable, porque el Juez de Distrito correctamente tomó en cuenta la declaración del secretario de la Junta indicada, ante el notario respectivo, en el sentido de que se había visto obligado a listar la opinión en los tableros de la Junta, con posterioridad a la fecha que tiene la cédula de notificación, como correspondiente al día en que se dictó esa opinión, así como la declaración rendida ante el agente del Ministerio Público del fuero común, por el mismo secretario, sobre que no se permitió a la parte demandada que conociera la susodicha opinión, porque el presidente de la Junta guardó el expediente; y las anteriores declaraciones inconcusamente prevalecen sobre la posterior inspección llevada a cabo por el mismo agente del Ministerio Público, en la oficina de la Junta, y la retractación del secretario referido, en el sentido de que fue en un extremo del armario que sirve de archivero y que está detrás de la puerta de entrada, donde en un gancho de alambre, colgado de un clavo, enganchaba las listas de acuerdos y no en los estrados ni en las puertas de la Junta, para hacer las notificaciones y en donde se había hecho la del caso concreto, no puede invalidar las primeras declaraciones ni acreditar una ilegal apreciación por parte del Juez de Distrito, al tenor de sus prudentes razonamientos, base de su sentencia, que declara que fue violatoria de la ley laboral la forma de notificación de la mencionada opinión, emitida en el conflicto de trabajo, y violatoria también de garantías individuales para la parte demandada, a quien se privó del derecho de inconformarse, en su defensa, con esa misma opinión, según el tercer párrafo del artículo 505 de la Ley Federal del Trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369719-89c97e8e/notificaciones-extemporaneas-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 6092/48. Construcciones Turismo, S. A. Hotel "Las Américas". 1 de abril de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.