DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
El artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, determina que, formulados los alegatos, el presidente auxiliar preguntará a los otros representantes, dentro de las veinticuatro horas siguientes, si necesitan mayor instrucción para mejor proveer; que en caso afirmativo, podrán acordar, por mayoría de votos, la práctica de cualesquiera diligencias que estimen necesarias para el mejor esclarecimiento de la verdad, y que se llevarán a cabo diligencias en la misma forma que las promovidas por las partes, entendiéndose continuada la audiencia para tal objeto, exclusivamente, sin que la Junta pueda acordar, con posterioridad, la recepción de ninguna otra prueba. Ahora bien, el espíritu que animó al legislador para establecer esa regla procesal, fue el de que los integrantes de las Juntas tuvieran a su alcance todos los medios indispensables para ilustrar su criterio y poder estar en posibilidad de emitir sus votos, con conocimiento de causa, y por lo mismo, cualesquiera diligencias o clase de pruebas que se mandan practicar por esas Juntas a petición de uno de sus representantes, ya sea del capital o del trabajo, y con el carácter de para mejor proveer, no están sujetas a la actividad o inactividad de los interesados, y por tal motivo, una vez acordada por esas Juntas, el desahogo de pruebas de la calidad antes dicha, están obligadas a esperar sus resultados, haciendo, en todo caso, uso de los medios de apremio para conseguir su objeto. Por tanto, cuando los peritos médicos nombrados por las partes, no produzcan sus dictámenes dentro del término concedido por la Junta respectiva, ésta debe conminarlos para que acaten su decisión, y obtenidos esos dictámenes, tomarlos en cuenta en su laudo; pues si la aludida Junta, indebidamente no espera el resultado de esa prueba pericial, antes de dictar su laudo, con ello ocasiona un daño a la parte agraviada, que trae consigo una violación de garantías individuales, que hace procedente el amparo, para que se aprecien los referidos dictámenes, a virtud de la determinación de para mejor proveer.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370036-81e6684d/diligencias-para-mejor-proveer-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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