JUNTAS, OMISION DEL ESTUDIO DE LAS PRUEBAS POR LAS.
Si la omisión en el estudio de algunas pruebas no puede tener el efecto de variar el sentido de la resolución que se reclama, el amparo no debe concederse para que se estudien, por no existir perjuicio alguno para el quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371710-f3778a36/juntas-omision-del-estudio-de-las-pruebas-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8040/45. González José E. 14 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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