TRIBUNAL DE ARBITRAJE, CONFLICTOS DE QUE CONOCE.
El artículo 99 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, otorga competencia al Tribunal de Arbitraje para conocer, entre otros casos, de los conflictos que surgen entre funcionarios de una unidad burocrática y sus trabajadores; conflictos que sólo pueden referirse, dada la naturaleza de los mismos, a cuestiones relacionadas con el empleo en sí, empleo creado y remunerado por el Estado, del que hace intermediario en sus relaciones con el trabajador, al funcionario correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372610-573e78b6/tribunal-de-arbitraje-conflictos-de-que-conoce · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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