Corpus
Modo: Corpus Pro

TRIBUNAL DE ARBITRAJE, NO ES AUTORIDAD JUDICIAL, Y EN SU CONTRA PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 372611 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1963

El Tribunal de Arbitraje para los trabajadores al servicio del Estado, no es autoridad judicial, pues su actividad se concreta a tramitar cuestiones de carácter administrativo, ajenas a la materia informativa de juicios civiles o penales, y en tal virtud, siendo como es autoridad administrativa, de los actos que se le atribuyan, violatorios de garantías individuales, deben conocer los Jueces de Distrito, atento lo que preceptúa el artículo 107, fracciones II y IX, de la Constitución General de la República.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372611-6851cf1c/tribunal-de-arbitraje-no-es-autoridad-judicial-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 913/43. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 6 de septiembre de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Disidente y ponente: Antonio Islas Bravo.

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