APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS JUNTAS DE CONCILIACION.
Las Juntas deben expresar los motivos por los cuales conceden o niegan valor probatorio a las pruebas rendidas por las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373833-7067473a/apreciacion-de-las-pruebas-por-las-juntas-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1860/44. González D. Francisco y coags. 4 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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