INFORME JUSTIFICADO.
Si no se acompañan al informe con justificación, las actuaciones originales o las copias autorizadas de esas actuaciones, no basta para comprobar la existencia de ellas, la simple referencia que a las mismas haga la autoridad responsable, quien por ser una de las partes en el amparo, debe aducir pruebas incontrovertibles para sostener la veracidad de su informe, y de lo contrario, debe tenerse como cierto el acto reclamado, pues aunque dicha autoridad tenga fe pública, la aseveraciones que haga en su informe, no pueden tenerse como indudables, puesto que, como parte que es en el amparo, debe probar sus afirmaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375130-1c777e4f/informe-justificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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