INCOMPETENCIA DE ORIGEN.
En el juicio de garantías, solo deben combatirse actos de autoridad, y por lo mismo no deben atacarse las incompetencias de origen, pues la autoridad judicial no debe intervenir para resolver cuestiones políticas que incumben constitucionalmente a otros poderes, y en el caso, si se declarara que la autoridad señalada como responsable, propiamente no es autoridad, el amparo interpuesto contra sus actos resultaría notoriamente improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375873-a0d2ca0e/incompetencia-de-origen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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