AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, ES DE ESTRICTO DERECHO.
Si el quejoso se limita a manifestar en su demanda de amparo, que la Junta responsable, valiéndose de razonamientos inexactos y omisiones graves, no tuvo por demostrado que la muerte del trabajador hubiera tenido lugar en el desempeño de sus labores y dejó de apreciar las pruebas rendidas; pero el propio agraviado no señala cuáles son esos razonamientos inexactos y cuáles esas omisiones, ni tampoco las pruebas que se dejaron de apreciar, resulta que los conceptos de violación alegados, son completamente deficientes, y como la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia, no puede suplir esas deficiencias, por ser el amparo en materia de trabajo de estricto derecho, debe negarse la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376621-662d3aab/amparo-en-materia-de-trabajo-es-de-estricto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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