ESCUELAS ARTICULO 123, CONSTRUCCION DE NUEVOS LOCALES PARA LAS.
Es violatorio de garantías el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública que, con apoyo en el Decreto de primero de noviembre de mil novecientos treinta y siete, ordena a una compañía minera la construcción de locales para la escuela Artículo 123, que funciona en su mineral, así como la habitación para la maestra que la atiende y se dote a dicho plantel de útiles y muebles necesarios; porque ni la fracción XII del artículo 123 constitucional ni los 16 a 21 de la ley Orgánica del Artículo 3o. de la propia Constitución, imponen a los patronos la obligación de que habla aquella fracción, de construir nuevos locales y casa habitación para los maestros, sino sólo la de establecer escuelas; de manera que si del texto del oficio de la Secretaría de Educación Pública, que contiene el acuerdo reclamado, aparece demostrado que la compañía quejosa tiene fundada ya la escuela relativa, es indudable que la orden para edificación de un nuevo local, para el fin señalado, no se apoya en ninguna ley aplicable, ya que la que le sirve de fundamento, es omisa en sus disposiciones, sobre tales particulares, y si por otra parte la autoridad ordenadora no alega ninguna ley aplicable, ya que la que se sirve de fundamento, es omisa en sus disposiciones, sobre tales particulares, y si por otra parte la autoridad ordenadora no alega ningún elemento de convicción para acreditar que la escuela sostenida por la quejosa, no reúne las condiciones para cumplir su cometido, es indudable que no queda demostrada la necesidad de la medida y el fundamento que se estuvo para ordenar otra construcción de un edificio destinado a impartir la educación, y por lo tanto, es procedente conceder la protección federal contra el acuerdo de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377200-6167bb89/escuelas-articulo-123-construccion-de-nuevos-locales-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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