CONTRAFIANZA, REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA.
Si el encargado del Registro Público de la Propiedad certifica, que un inmueble no reporta gravamen alguno ni limitación de dominio, y fundado en ese certificado, el presidente de una Junta de Conciliación y Arbitraje admite para garantizar la solvencia de una persona como fiador, el expresado inmueble, y tal certificado está incompleto por faltar una anotación de la que aparezca que está viva otra fianza otorgada anteriormente, tal hecho estuvo fuera del conocimiento del presidente de la junta respectiva en el momento de admitir la fianza, y esa omisión es solo imputable al encargado del Registro Público de la Propiedad quien no extendió debidamente la certificación aludida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379995-ba5148f1/contrafianza-requisitos-para-el-otorgamiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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