SALARIO, COMPUTACION DEL, PARA LOS EFECTOS DE LA INDEMNIZACION.
Es cierto que la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 86, considera como parte del salario, todas las gratificaciones, percepciones, habitación y cualquiera otra cantidad entregada al trabajador a cambio de su labor ordinaria, pero interpretando dicho artículo congruentemente con el 294 de la propia ley, que fija la cantidad de doce pesos como salario máximo para el pago de las indemnizaciones, debe decirse que cuando no media la circunstancia de existir entre las partes, convenios que fijan en una cantidad mayor el importe del salario, debe estarse a lo dispuesto por el artículo 294 citado; pero cuando los convenios establecen condiciones más favorables para el trabajador, deben regir éstos, atenta la disposición del artículo 13, transitorio, de la propia ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380502-af45e026/salario-computacion-del-para-los-efectos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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