DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER ANTE LAS JUNTAS.
El artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, faculta a los miembros de las Juntas para que después de formulados los alegatos soliciten la práctica de cualquiera diligencia que estimen necesaria para el mejor esclarecimiento de la verdad; pero si promovida una prueba por uno de los miembros de la Junta, el mismo no cuida de perfeccionar, es como si la prueba no hubiera sido promovida, y como no hay obligación de mandar practicar diligencias para mejor proveer, es claro que al no hacerlo no se puede agraviar a las partes en el litigio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381504-a2ffc678/diligencias-para-mejor-proveer-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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