JUNTAS, DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER ANTE LAS.
Dados los términos del artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, es potestativo para las Juntas, la práctica de cualquiera diligencia que estimen necesaria para el mejor esclarecimiento de la verdad, cuando alguno de los componentes de la propia Junta lo solicite, de acuerdo con el citado precepto; no pudiendo tener esa facultad más limitación que el que las pruebas que se aporten para mejor proveer, tengan un carácter complementario, ya que seguramente la facultad del juzgador para recibir esa clase de probanzas, en ningún caso puede tener el alcance de sustituirse a las partes, supliendo las omisiones en que éstas incurran.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380176-196d22b1/juntas-diligencias-para-mejor-proveer-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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