HUELGAS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION EN CASO DE.
Si se endereza un amparo en contra de una Junta de Conciliación y Arbitraje, porque ésta ordena que se impartan garantías a los obreros en un movimiento de huelga decretado contra una empresa, es improcedente conceder la suspensión, en virtud de que la sociedad y el Estado están interesados en que se respete el derecho de huelga que concede a los trabajadores la Constitución Federal y que está consagrado en la fracción XVII de su artículo 123, pues de concederla, la sociedad y el Estado resentirán perjuicios, ya que se impediría a los trabajadores huelguistas en el ejercicio de un derecho otorgado por la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382706-376f47ec/huelgas-improcedencia-de-la-suspension-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- HUELGAS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA DECLARACION DE INEXISTENCIA DE LAS. (s/clave)
- HUELGAS, NO PROCEDE LA SUSPENSION CONTRA LAS. (s/clave)
- HUELGA, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA DECLARACION DE LICITUD Y EXISTENCIA DE LA. (s/clave)
- HUELGAS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LOS LAUDOS ARBITRALES RELATIVOS. (s/clave)
- HUELGA, EFECTOS DE LA SUSPENSION EN EL AMPARO CON MOTIVO DE. (s/clave)
- HUELGAS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA DECLARACION DE INEXISTENCIA DE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis