RETROACTIVIDAD DE LOS PRECEPTOS QUE FIGURAN EN LA CONSTITUCION.
La Suprema Corte ha venido sosteniendo, de manera invariable, que solamente los preceptos constitucionales pueden regir el pasado, y cuando esos preceptos están incluidos en una ley reglamentaria, o ésta contiene una repetición sustancial de los mismos, esa ley puede aplicarse a hechos acaecidos con anterioridad; pero cuando no es así, de aplicarse dicha ley con efectos retroactivos, se infringe el artículo 14 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383313-90369623/retroactividad-de-los-preceptos-que-figuran-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 745/33. Salazar Juan y coags. 6 de febrero de 1935. Mayoría de tres votos. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Xavier Icaza.
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