JUNTAS, DECLARACION DE INCOMPETENCIA DE LAS.
El laudo de una Junta de Conciliación y Arbitraje, por el que se declara incompetente para conocer de una reclamación, dejando a salvo los derechos del quejoso para que los ejercite ante la autoridad judicial, debe estimarse como acto definitivo para los efectos del amparo, toda vez, que conforme al artículo 555 de la Ley Federal del Trabajo, contra esa resolución, no procede recurso alguno ante la potestad común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383552-ebb744f5/juntas-declaracion-de-incompetencia-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2911/34. Arriola Alfonso C. 18 de octubre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.
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