SEGURO SOCIAL, PROCEDENCIA DEL JUICIO FISCAL TRATANDOSE DE APORTACIONES AL.
De acuerdo con los artículos 133 y 135 de la Ley del Seguro Social, la obligación de pagar las aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social tiene carácter fiscal y el propio instituto es un organismo fiscal autónomo, por lo que el Tribunal Fiscal de la Federación no incurre en violación al sostener su competencia para conocer de la resolución del instituto que determina un crédito fiscal a cargo de la actora.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384537-f8dc312c/seguro-social-procedencia-del-juicio-fiscal-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 142/53. Instituto Mexicano del Seguro Social ("Escuela Rico", Fundación de Beneficencia Privada). 21 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Mariano Azuela.
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