LEGITIMA DEFENSA.
La Suprema Corte ha sostenido que no se configura la legítima defensa si se demuestra que fue el acusado quien adoptó una actitud indiscutiblemente provocadora. Dicha excluyente de responsabilidad requiere para su existencia la absoluta falta de justificación de la agresión de que el acusado es víctima.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384911-02fb5cab/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2760/52. Barrera Gasca Fausto Enrique de la. 28 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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