FACTURAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.
Si bien es cierto que una factura presentada en una tercería excluyente de dominio, por sí misma no acredita la propiedad del bien cuya compraventa se consigna en ella, si dicha factura ha sido exhibida ante la autoridad y quedó demostrada su autenticidad mediante inspección, y existe a favor del presentante la presunción establecida por el artículo 798 del Código Civil, por ser poseedor del bien que ampara la factura, se concluye que, con la factura, la inspección y la posesión del bien, y la circunstancia de haberse encontrado en la casa del tercerista, se afirma la propiedad de dicho bien a favor de éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385104-25f8ca4d/facturas-valor-probatorio-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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