MANDATARIO, OBLIGACIONES DEL (LEGISLACION DE GUERRERO).
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2546 y 2547 del Código Civil, en términos generales, el mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejercitar por cuenta del mandante lo que éste le encarga, reputándose perfecto ese contrato por la aceptación del mandatario, pues es un contrato que se perfecciona por el mero consentimiento de las partes, a quienes obliga no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, son conformes a la buena fe, al uso o a la ley, sin que su cumplimiento pueda dejarse al arbitrio de uno de los contratantes, conforme a lo dispuesto en los artículos 1796 y 1797 del mencionado código.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385177-1f124cb7/mandatario-obligaciones-del-legislacion-de-guerrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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